El paro de los autónomos, también conocido como prestación por cese de actividad, sigue siendo una gran desconocida para muchos trabajadores por cuenta propia. A diferencia de los asalariados, el acceso a esta ayuda requiere cumplir ciertos requisitos muy específicos.
En este artículo te explicamos si tienes derecho a paro como autónomo en 2025, cómo solicitarlo y cuánto podrías cobrar.
📌 ¿Qué es el cese de actividad?
El cese de actividad es el equivalente al paro para los trabajadores autónomos. Es una prestación económica mensual que se recibe cuando cesas tu actividad de forma involuntaria, siempre que cumplas con las condiciones exigidas por la Seguridad Social.
🧐 ¿Qué requisitos debes cumplir para acceder al paro como autónomo?
Para poder acceder al paro como autónomo en 2025, debes cumplir los siguientes requisitos:
- Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Haber cotizado por cese de actividad al menos 12 meses continuados e inmediatamente anteriores al cese.
- Estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
- Demostrar que el cese de tu actividad ha sido involuntario y justificado (por motivos económicos, técnicos, de fuerza mayor, etc.).
- No haber alcanzado la edad de jubilación ordinaria.
💰 ¿Cuánto cobra un autónomo por paro?
La cuantía a recibir se calcula en función de la base reguladora, que normalmente es el 70 % de la media de las bases de cotización de los últimos 12 meses.
Ejemplo:
Si tu base de cotización ha sido de 1.000 €, tu prestación sería de 700 € al mes.
El importe mínimo y máximo varía según el número de hijos y el IPREM vigente, pero en general:
- Mínimo sin hijos: alrededor de 560 €.
- Máximo con hijos: hasta 1.400 €.
🕒 ¿Cuánto dura el paro para autónomos?
La duración de la prestación depende de los meses cotizados por cese de actividad:
- 12 a 17 meses cotizados → 4 meses de prestación.
- 18 a 23 meses → 6 meses.
- 24 a 29 meses → 8 meses.
- 30 a 35 meses → 10 meses.
- 36 meses o más → 12 meses.
📝 ¿Cómo se solicita el paro siendo autónomo?
Debes presentar la solicitud ante tu mutua colaboradora con la Seguridad Social o ante el SEPE, dependiendo de quién gestione tu cobertura. Documentación básica:
- Justificante del cese de actividad.
- Certificados de estar al corriente de pago.
- DNI o NIE.
- Declaraciones censales, fiscales y de ingresos.
El plazo para solicitarlo es de 30 días naturales desde el cese efectivo de tu actividad.
🚫 Motivos válidos para el cese de actividad
No basta con dejar de trabajar: necesitas justificar el motivo. Algunos ejemplos válidos:
- Pérdidas económicas superiores al 10 % de los ingresos.
- Ejecuciones judiciales para cobrar deudas.
- Pérdida de licencia administrativa.
- Divorcio en caso de autónomos colaboradores.
- Cese por fuerza mayor (catástrofes, pandemias, etc.).
👉 Conclusión: sí, tienes derecho a paro siendo autónomo
Sí, como autónomo tienes derecho a paro si cumples los requisitos, pero no es automático y requiere planificación.
En Alta de Autónomo te ayudamos desde el alta hasta la gestión de tu actividad, incluyendo el acceso a prestaciones como el cese de actividad. ¡Confía en profesionales y despreocúpate!